Inclusión Educativa
Honduras cuenta con una nutrida legislación que obliga el
cumplimiento del derecho a la Educación, respondiendo a criterios de tratados
internacionales como a exigencias del sector de sociedad civil. Sin embargo, la
terminología de la legislación hace más referencia a la integración educativa
que a la inclusión misma. Este error conceptual no permite llegar a la plena
Inclusión Educativa. Por ejemplo: el Plan Maestro de Infraestructura Educativa
no obliga la accesibilidad; la formación universitaria no integra la inclusión
como modelo de enseñanza, entre otras.
Asimismo, las leyes
hondureñas reseñan la “universalidad” de la educación y responden a las
“necesidades” de los educandos, pero no tienen una referencia expresa a la
Educación Inclusiva12. Por consiguiente, es válido indicar que la legislación
nacional adolece de aspectos de fondo en cuanto a Educación Inclusiva, ya que
en la mayoría de artículos garantiza la inclusión sin “discriminación”, pero
por otra parte trata a las personas con discapacidad como aquellas que tienen
necesidades especiales y las relega a una educación especial, sin realizar
esfuerzos para su verdadera inclusión. Esto se puede apreciar en el Diseño
Curricular Nacional para la Educación Básica, el que expresa que “dentro de las
orientaciones metodológicas para la enseñanza y aprendizaje, es necesario
contemplar todas aquellas acciones encaminadas hacia la atención de la
diversidad en el aula, por una parte a aquellos alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales, quienes por sus características requieren de
atención especial o diferenciada o de una adaptación curricular de los
contenidos y de las actividades de enseñanza y aprendizaje”.
Otra dolencia de la legislación13 es en cuanto a la
homologación de preceptos en las diversas leyes respecto a Educación Inclusiva,
pues dependiendo de la Ley. En cuanto al enfoque de Derechos Humanos en la
legislación educativa, el cual también es vinculante para Honduras a través de
los tratados internacionales suscritos, se promueve la enseñanza en la misma
aula y en igualdad de condiciones, logradas por el perfeccionamiento docente y
la inversión estatal en materiales, equipos e infraestructura. Sin embargo, la
aplicación de estas disposiciones de Derechos Humanos aún está pendiente porque
en la práctica se ha limitado a la instrucción en valores, participación y respeto
por la diversidad, sin enfocarse necesariamente a la inclusión de las personas
con discapacidad. Asimismo, debido a las limitaciones económicas, no se puede
promover una integración global de docentes y psicopedagogos en cada centro
educativo del país urbano y rural.
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